Por: Esmarlin Fernández .– Si un ciudadano contrajo un préstamo con un banco y posteriormente recibe llamadas de una empresa desconocida que le exige pagar esa obligación, tiene derecho a saber quién está reclamando el dinero, por qué tiene facultad para hacerlo y cuáles son las condiciones de la deuda. La transferencia de una cartera de crédito no deja al deudor sin protección. Las entidades financieras deben cumplir requisitos de información y garantizar que quienes adquieren esas obligaciones respeten los derechos de los usuarios, de acuerdo con las disposiciones del nuevo Reglamento de Protección al Usuario de los Productos y Servicios Financieros de 2026.
Nota preparada automáticamente a partir de información pública de la fuente citada. Requiere revisión editorial antes de publicación definitiva.
Fuente: N Digital. Esta publicación resume la información y remite al medio original para ampliar detalles.



