AL MINUTO.-El Senado de la República aprobó este miércoles en primera lectura el proyecto de ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, una iniciativa que busca garantizar la tutela judicial efectiva de los derechos de las personas en sus relaciones con la Administración Pública.
La propuesta, presentada por el presidente del Senado, Ricardo de los Santos Polanco, tiene como objetivo asegurar que las actuaciones, actos u omisiones de la Administración Pública se ajusten al ordenamiento jurídico, además de regular el funcionamiento de los órganos judiciales competentes y el proceso contencioso administrativo establecido en la Constitución.
Uno de los aspectos más relevantes de la iniciativa es el establecimiento de sanciones para los funcionarios que desacaten sentencias de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
De acuerdo con el proyecto, se considera desacato cualquier actuación u omisión que contradiga lo dispuesto en una sentencia, así como aquellas acciones ejecutadas con el propósito de evadir su cumplimiento.
En estos casos, la autoridad pública, el órgano administrativo y el funcionario titular responsable podrían ser sancionados con multas de entre 10 y 400 salarios mínimos del sector público.
Además, el funcionario titular del órgano podría enfrentar penas de seis meses a dos años de prisión, de acuerdo con lo establecido en la propuesta legislativa.
Permitiría embargar bienes del dominio privado del Estado
La iniciativa también contempla mecanismos para garantizar el cumplimiento de las decisiones judiciales, incluyendo la posibilidad de embargar bienes de dominio privado de la Administración Pública cuando una institución no acate una sentencia.
Con autorización judicial, podrían ser objeto de embargo aquellos bienes que no estén destinados directamente a un fin público, así como participaciones accionarias del ente público condenado en sociedades comerciales.
Sin embargo, el embargo de acciones estaría limitado al 10 % del total de la participación accionaria.
También se contempla el embargo de ingresos efectivamente recibidos por la entidad pública condenada mediante transferencias contempladas en la Ley de Presupuesto General del Estado, aunque este mecanismo no podría superar el 10 % de la transferencia correspondiente al período presupuestario.
Control sobre las actuaciones de organismos públicos
El proyecto establece que la Jurisdicción Contencioso Administrativa tendrá facultad para revisar y controlar las actividades o inactividades administrativas de instituciones como el Senado, la Cámara de Diputados, el Consejo Nacional de la Magistratura, la Suprema Corte de Justicia, el Consejo del Poder Judicial, el Tribunal Constitucional y el Tribunal Superior Electoral.
También quedarían bajo su ámbito la Junta Central Electoral, la Cámara de Cuentas, el Defensor del Pueblo, la Junta Monetaria, el Banco Central, el Ministerio Público y el Consejo Superior del Ministerio Público, entre otras entidades.
La propuesta dispone además que cualquier persona podrá acceder a esta jurisdicción para hacer valer sus derechos e intereses, incluidos aquellos de carácter colectivo o difuso.
El proceso se regiría principalmente por los principios del derecho administrativo, mientras que las normas del derecho procesal civil solo se aplicarían de manera excepcional y supletoria cuando sean compatibles con la naturaleza del proceso contencioso administrativo.



