ALMINUTO TV.- corresponder por no ceñir su actuación a las normas que rigen el Sistema Nacional de Contrataciones Públicas, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el artículo 65 de la Ley 340-06.
Mediante una nota de prensa, la DGCP informó que, una vez agotado el procedimiento disciplinario conforme al debido proceso, la OCI deberá informar los resultados al órgano rector en un plazo de cinco días, contados a partir de la emisión de esta decisión.
De igual manera, ordenó la remisión de la referida resolución a la Contraloría General de la República y a su Unidad Antifraude; a la Cámara de Cuentas; a la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa; al Ministerio de Educación (MINERD); al Ministerio de la Presidencia, y a la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG), para que en el marco de sus roles y competencias puedan realizar las investigaciones de lugar y tomar las medidas que correspondan.
La DGCP explicó que, con esta decisión, los contratos firmados a raíz de este proceso dejaron de surtir efectos y para que la unidad contratante pueda obtener los bienes y servicios requeridos deberá realizar un nuevo proceso de contratación.
Para conocer en detalle la resolución RIC-0011-2025 los interesados pueden consultar el apartado Resoluciones de Investigaciones y Reclamos en la sección Marco Legal de la página institucional de la DGCP